El Tribunal Oral en lo Criminal 8 de Lomas de Zamora condenó a una red de abogados “caranchos”, punteros y personas que se hacían pasar por víctimas o testigos por el delito de asociación ilícita y defraudaciones múltiples contra varias aseguradoras.
El fallo, firmado por los jueces Nicolás Amoroso, Gustavo César Ramilo y Alejandro Claudio Sgarlata, dictó sentencia este jueves en el marco de la causa que investigó una red dedicada a defraudar a compañías de seguros mediante la simulación de accidentes, falsificación de documentos y presentación de demandas judiciales fraudulentas, según informó el sitio Infobae.
La sentencia impuso penas uniformes de tres años de prisión de cumplimiento efectivo a todos los imputados. Además, en el caso de los abogados Carla Eliana Pellicori y Pedro Claudio Pellicori, se dictó la inhabilitación especial para ejercer la profesión por igual período, ya que se comprobó que su rol profesional fue utilizado como instrumento para la consumación de los delitos.
Según la investigación de los fiscales Sebastián Scalera y Pablo Rossi, desde al menos 2015 y hasta 2023, funcionaron varias estructuras delictivas con epicentro en estudios jurídicos de Lomas de Zamora, Banfield, Adrogué y otras localidades del conurbano bonaerense.
Estas organizaciones, integradas por abogados, punteros y particulares, se dedicaban a montar siniestros viales inexistentes o adulterados, reclutar supuestas víctimas y testigos, falsificar documentación médica y presentar demandas civiles para obtener indemnizaciones de compañías aseguradoras, como Caja Seguros S.A., Sancor Cooperativa de Seguros Ltda., Seguros Sura y Compañía de Seguros La Mercantil S.A.
El tribunal consideró acreditado que los imputados “tomaron parte activa en una estructura organizada para el logro de fines ilícitos indeterminados con el objetivo de obtener dinero de compañías aseguradoras; imponiendo formatos de trabajo, pagando por carpetas, derivando carpetas entre los miembros, aconsejando sobre el flujo de los casos y gestionando tareas con punteros y clientes que participaban ocasionalmente en la ejecución de los objetivos”.
Entre las pruebas valoradas se encuentran escuchas telefónicas, documentos secuestrados en allanamientos, testimonios de supuestas víctimas que negaron haber sufrido accidentes, y declaraciones de testigos que reconocieron haber sido contactados para simular lesiones o participar en juicios fraudulentos.
>>Las condenas<<
El tribunal dictó veredicto condenatorio para la mayoría de los imputados por los delitos de asociación ilícita y estafas reiteradas, y absolvió a algunos en hechos puntuales por falta de pruebas.
Juan Carlos Bootz condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva
Alejandro Gabriel Cheves condenado por asociación ilícita. Pena: 3 años de prisión efectiva
Julio César Gaito condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva
Mauricio Ariel Ledesma condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva
Rodolfo Daniel Luna condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva
Pedro Claudio Pellicori condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva más inhabilitación especial para ejercer la abogacía por igual término
Carla Eliana Pellicori condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva + inhabilitación especial para ejercer la abogacía por igual término
Gustavo Martín Viceconte condenado por asociación ilícita en concurso real con defraudaciones. Pena: 3 años de prisión efectiva
Mariano Alberto Zas condenado por asociación ilícita. Pena: 3 años de prisión efectiva
>>Probation<<
Para los imputados que accedieron a la suspensión del juicio a prueba, el tribunal fijó reglas de conducta, entre ellas la realización de tareas comunitarias, donaciones a entidades de bien público y la obligación de fijar residencia y someterse al control del Patronato de Liberados.
Micaela Mariela Alegre: la pena fue de la donación de un pack de leche a una entidad de bien público, más tareas comunitarias y reglas de conducta por dos años
Virginia Eliza Alizegui: la pena fue depositar de $200.000 más donaciones trimestrales y reglas de conducta por dos años
Rodrigo Martín Simioli: la pena fue depositar de $200.000 más donaciones trimestrales y reglas de conducta por dos años
Anabella Romano: la pena fue depositar de $200.000 más donaciones trimestrales y reglas de conducta por dos años
Fernando Eduardo Vidal: la pena fue depositar de $200.000 más donaciones trimestrales y reglas de conducta por dos años
Emiliano Rao: la pena fue de la donación de un pack de leche y reglas de conducta por un año
Andrea Prósperi fue absuelta